- ¿Existe un número de periodos de gracia fijo en este programa?
- ¿Este programa aplica para créditos hipotecarios titulzarizados?
- Si no puedo pagar la cuota del crédito, ¿qué debo hacer?
- ¿Si se accede a la redefinición de condiciones del crédito, se puede seguir accediendo al beneficio de reducción de cuota, otorgado por la Fundación Grupo Social?
- ¿Todos los clientes que hagan la solicitud de PAD serán aprobados?
- ¿Si dejo de pagar el crédito bajo las nuevas condiciones, ¿reportan dicho incumplimiento a las centrales de riesgo?
- ¿Un cliente que se acoja al programa, será afectado en el reporte a centrales de riesgo?
- ¿Si un cliente ya recibió períodos de gracia entre marzo y julio, aplica para este nuevo programa?
- ¿A partir de cuándo aplica el programa?
- ¿Qué me ofrece este programa?
- ¿Aplica para créditos de libranzas?
- Si realizo la solicitud por medio del buzón o el formulario, ¿en cuantos días dan respuesta?
- ¿Cómo puedo acceder como cliente a este programa?
- ¿Los colaboradores aplican?
- ¿A qué productos aplica y a cuáles no?
- ¿Quiénes pueden acceder al Programa de Acompañamiento al Deudor (PAD)?
- ¿Cuáles son las diferencias entre los beneficios que me ha entregado la Fundación Grupo Social y a las que puedo acceder con el PAD?
- ¿Qué es el programa?