El beneficio se pierde en cualquiera de los siguientes eventos:
- Por mora mayor de 90 días.
- Por cancelación anticipada de la obligación.
- Por petición de los deudores.
- Por cesión del crédito por parte del deudor.
- Por aceleración del plazo conforme a los términos contractuales.
- Por reestructuración o modificación de las condiciones del crédito que implique el incremento de los montos o saldos de las obligaciones o ampliación del plazo de los créditos o los contratos.
- Las demás que establezca FONVIVIENDA de acuerdo a la naturaleza y finalidad de la cobertura.
Comentarios
0 comentarios
El artículo está cerrado para comentarios.